Términos y Condiciones


Con Néctar en Navidad Gana Bono de $1.000.000 en tu supermercado

Con Néctar en Navidad gana $ 1.000.000 (Bono de Consumo)

Por medio del presente documento se dan a conocer los términos y condiciones de la campaña denominada “Con Néctar en Navidad gana $ 1.000.000 (Bono de Consumo)(en adelante, la “Campaña” o la “Actividad”), por medio de la cual los compradores que adquieran bajo las condiciones descritas en el numeral SEXTO durante el periodo de tiempo comprendido entre las 0:00:00 horas del 15 de noviembre y las 23:59:59 del 25 de diciembre de 2023, podrán participar en la presente campaña. La participación en la presente campañaimplica la aceptación total e incondicional por parte de los clientes de los presentes Términos y Condiciones, los cuales resultan definitivos y vinculantes, y cumplan con los requisitos aquí dispuestos (en adelante los “Participantes” o los “Participantes ganadores” cuando aplique).

En consecuencia, en el momento en que los Participantes cumplan con los requisitos que se disponen por parte de REPRESENTACIONES CONTINENTAL S.A.S para poder participar en la Campaña, se entiende que aceptan de manera voluntaria, expresa e irrevocable sujetarse a los presentes Términos y Condiciones. En caso de que no esté de acuerdo con los Términos y Condiciones aquí establecidos, deberá abstenerse de participar en la Campaña.

  1. CONSIDERACIONES Y CONDICIONAMIENTOS

PRIMERO. – ORGANIZADOR:

REPRESENTACIONES CONTINENTAL S.A.S

NIT. 860.054.249-9,

Dir. Calle 13 # 65 – 72 – Bogotá.

En adelante “EL ORGANIZADOR o REPCO

SEGUNDO. – NOMBRE DE LA ACTIVIDAD:

2.1 La actividad que desarrollará el ORGANIZADORse denomina:CON NÉCTAR EN NAVIDAD GANA $ 1.000.000 (BONO DE CONSUMO)

TERCERO. -TERRITORIO:

La Actividad se llevará a cabo exclusivamente con personas naturales que realicen compras en determinados Puntos de Venta (en adelante, los “Puntos de Venta”) pertenecientes a diecisiete (17) cadenas de Supermercados Independientes ubicados en Bogotá y el departamento de Cundinamarca (en adelante, las “Cadena de Supermercados”):

Razón SocialNombre del Negocio
SUPERMERCADOS MERCACENTRO  SASMERCACENTRO
INVERSIONES 1YA SASSUPERMERCADOS 1YA
(I)REY BARBOSA GONZALOSUPERTIENDAS EL REY
AUTOSERVICIO EL SANTANDEREANO SASAUTOSERVICIO EL SANTANDEREANO
BECERRA MARTINEZ JUAN CARLOSSUPERMERCADO MERCAFULL
COMERC LA COCEPCION ORTIZ URREA SAMERCADOS LA CONCEPCION
GONZALO RODRIGUEZSUPERMERCADOS METROL
MERCADO ZAPATOCA SAMERCADOS ZAPATOCA
RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ GLORIASUPERMERCADOS  EL PORVENIR
JAVIER VERDUGOSUPERMERCADOS SUPER DIA
SUPERMERCADOS ECO SASCOORATIENDAS
ZULUAGA & SOTO SASSUPER AL DIA
DISTRIBUCIONES SUPERMERCADOS LATINO SASCOORATIENDAS DISTRIBUCIONES SUPERMERCADOS LATINO
SUPERMERCADO RAMIREZ HERMANOS SASSUPERMERCADOS PREMIUM
SUPERMERCADOS SIGLO XXI SADEMI
ARROYAVE TABARES MARLENYAUTOSERVICIO ARROYAVE
INVERSIONES VIGPAG SASDISTRIVIVERES  /  SUPERMERCADOS TEQUENDAMA
GRUPO F.R.C. S.A.S.AUTOSERVICIO ALGRANO
AUTOSERVICIO EL PERDOMO SASAUTOSERVICIO EL PERDOMO
COMERCIALIZADORA LIRIFERCH S.A.S.AUTOSERVICIO IDEMAS
INVERSIONES MERCAHOGAR DFT SASMERCAHOGAR
EL ARROZAL Y CIA S EN CSUPERMERCADOS EL LIDER

CUARTO. – REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y EXCLUYENTES: 

4.1 Los requisitos (conjuntamente denominados los “Requisitos”) que deberá cumplir todo Participante en la Actividad son los siguientes: 

  1. Ser persona natural mayor de 18 años.
  2. Cumplir con la mecánica de la Actividad descrita en el numeral sexto.
  3. Participar de conformidad con la mecánica de la actividad.

4.2 Los Participantes declaran conocer y aceptar que la participación en la Actividad y la entrega de los Premios se encuentra sujeta al cabal cumplimiento de todos los Requisitos descritos en el presente documento. Por tanto, los Participantes se comprometen a cumplir dichos Requisitos sin condicionamiento alguno y entienden que de no hacerlo no podrán participar, ni recibir los Premios.

4.3 Quedan expresamente excluidos e inhabilitados de participar en esta actividad las siguientes personas:

  1. Las personas menores de edad.
  2. Los trabajadores o colaboradores de EL ORGANIZADOR y la EMPRESA DE LICORES DE CUNDINAMARCA.
  3. Los colaboradores de los Puntos de Venta.
  4. Las personas jurídicas.

QUINTO. – VIGENCIA DE LA ACTIVIDAD:

La participación en la actividad estará vigente a partir del 15 de noviembre hasta el 25 de diciembre de 2023. Durante todo el término de la Actividad, el Participante deberá cumplir con los Requisitos establecidos en el numeral cuarto y demás establecidos en el presente documento. 

SEXTO. MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD Y PRODUCTOS PARTICIPANTES.

6.1. PRODUCTOS PARTICIPANTES

Todas las referencias que estén activas en los Puntos de Venta de las marcas NECTAR, RON SANTA FE Y CHORRITO (en adelante, las “Marcas”).

  • MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

Aspectos generales

Cada persona que desee participar en la actividad deberá, dentro de la vigencia:

  • Realizar compras de las Marcas en los Puntos de Venta por un valor de por lo menos QUINCE MIL PESOS ($ 15.000).
  • Por cada compra que sea igual o superior al monto mínimo, se entregará una boleta, la cual deberá ser reclamada en la caja en la que se realizó la compra en el Punto de Venta.
  • La persona deberá diligenciar la boleta con los datos solicitados (nombre completo, número de cédula, número de celular, número de la factura correspondiente a la boleta y valor de la compra), autorizar el tratamiento de los datos personales y depositarla en el buzón dispuesto en cada Punto de Venta para tal efecto.
  • Una vez finalizada la vigencia de la Actividad, se recolectarán los buzones de cada uno de los Puntos de Venta para cada Cadena de Supermercados y se seleccionará al azar una (1) boleta, la cual indicará el ganador para dicha cadena de supermercados.
  • La selección al azar de los nombres de los ganadores se efectuará en las instalaciones de REPCO el día 30 de diciembre de 2023.
  • Se entregará un (1) premio por Cadena de Supermercados y una persona solo podrá ser ganador en una (1) sola Cadena de Supermercado.

Notas:

  1. Habrán 17 Bonos de Consumo por valor de UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000), los cuales se entregarán a los 17 ganadores, personas naturales que hubieran depositado su boleta. Cada bono será redimible exclusivamente en la Cadena de Supermercados en la cual el participante se hubiere hecho ganador.
  2. La premiación se hará con fundamento en los datos suministrados por cada cliente en los Puntos de Venta. Repco se comunicará con los ganadores y les indicará a los clientes que fueron ganadores de la actividad para entregar el premio.

6.3 RESPONSABILIDAD DE LOS PARTICIPANTES. Es responsabilidad exclusiva de cada uno de los Participantes cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos para participar en la actividad.

SÉPTIMO. – PREMIOS.

7.1 A cada uno de los ganadores de las Cadenas de Supermercados les será entregado un (1) Bono de Consumo por valor de UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000), el cual será redimible en la Cadena de Supermercados en la cual se hubiere hecho ganador.

7.2. CONSIDERACIONES FRENTE A LOS PREMIOS. Los premios no podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición de los ganadores. En ningún caso el premio será canjeable por su importe económico en efectivo. No es acumulable con otras promociones ni descuentos.

EL ORGANIZADOR no será responsable por la disposición que los ganadores hagan de los premios.

Si un ganador se niega a aceptar su premio, se considerará que ha renunciado al mismo, sin que le asista derecho a presentar reclamo por indemnización contra el Organizador. De igual forma se procederá si una vez aceptado el premio, el ganador se niega a recibirlo o a culminar con el trámite correspondiente.

La participación en la actividad hará presumir que el participante conoce de la existencia de las restricciones, condiciones y limitaciones de la actividad para todos los efectos jurídicos consecuentes; incluyendo la documentación necesaria para poder disfrutar del mismo.

OCTAVO. – COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO:

8.1. Los ganadores de la actividad serán contactados por Repco dentro de los Cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la que el Participante hubiere resultado ser ganador del respectivo premio. El contacto de los Participantes ganadores se efectuará a través del teléfono de contacto suministrado por el participante en la Boleta depositada en el buzón. Es deber de los participantes estar atentos a cualquier notificación sobre su condición de ganador.

Se intentará contactarlos telefónicamente en un máximo de cinco (5) oportunidades dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a que hayan sido seleccionados como ganadores. La entrega de los premios será realizada por EL ORGANIZADOR en el lugar donde el ganador hubiera depositado su boleta en el buzón. Los ganadores se deben presentar con cédula original para recibir el premio.

Si los ganadores NO contestan en los cinco (5) intentos de llamada telefónica, el premio se entenderá rechazado por el ganador. EL ORGANIZADOR, a su entera discreción, podrá decidir si selecciona un nuevo ganador del premio o por el contrario lo declara desierto.

NOVENO. – CONDICIONES Y RESTRICCIONES:

9.1 Los Participantes deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:

  1. Para participar en la actividad se deberán realizar compras de las Marcas.
  2. Los Premios en ningún caso serán canjeables por ningún otro premio, total ni parcialmente, ni por su equivalente en dinero.
  3. Los premios son personales e intransferibles, por lo tanto, el Participante ganador que por cualquier circunstancia no pueda o renuncie a recibir algún premio, perderá el derecho a reclamarlo.
  4. EL ORGANIZADORno se hace responsable en ningún caso por el uso que los Participantes puedan darle a los Premios. Por lo anterior, EL ORGANIZADORno será responsable por ninguna enfermedad, lesión, incapacidad o cualquier otro tipo de afectación surgida con ocasión del uso de los premios.
  5. Los Participantes ganadores certifican que cumplirán todas y cada una de las disposiciones establecidas en estos Términos y condiciones. Por lo tanto, el ORGANIZADORno será responsable por los efectos y consecuencias de cualquier violación o inobservancia a este reglamento por parte de los ganadores, y serán de la exclusiva responsabilidad de los Participantes ganadores que incurran en dicha violación.
  6. La información incompleta, falsa o fraudulenta por parte de los ganadores al ORGANIZADOR los descalificará automáticamente. Esta descalificación no tendrá que ser notificada. Cualquier infracción a estas reglas dará lugar a la descalificación inmediata. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales a que tenga derecho el ORGANIZADORpara la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
  7. ElORGANIZADORsuspenderá de forma inmediata al Participante, sin asumir responsabilidad alguna frente a él, si se llegaren a detectar adulteraciones de su parte en la participación o en el concurso, o incluso, con la simple sospecha de fraudes; manipulación manual, automatizada o robótica; o cualquier irregularidad.
  8. Cualquier uso de métodos de participación robóticos, automáticos, programados o similares anularán todas las participaciones por dichos métodos. El ORGANIZADORse reserva el derecho de prohibir la participación de un individuo si se sospecha de fraude o manipulación, o si el individuo no cumple con cualquiera de los Requisitos de participación según lo establecido en el presente documento.
  9. El ORGANIZADORse reserva a variar de forma unilateral el premio en caso de que sobrevengan circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor.
  10. El ganador presta su consentimiento, libre, expreso e informado para que su información personal sea utilizada para comunicar a través de redes sociales que es el ganador de la presente campaña.
  11. Se aclara que el Premio es personal e intransferible.
  12. El Participante reconoce y acepta que la información proporcionada y registrada en el sistema de información de REPCO es veraz y fidedigna, haciéndose completamente responsable por su falsedad.

DÉCIMA. – DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES

Será descalificado el Participante que:

  1. Haya realizado, a juicio del Organizador, cualquier tipo de maniobra engañosa o fraudulenta para incrementar sus posibilidades reales de ser ganador.
  2. Haya suministrado al Organizador cualquier tipo de datos que no sean verídicos o que sean incorrectos.
  3. Perjudique a un tercero por haber suministrado información falsa y/o perpetrado acciones fraudulentas a juicio del Organizador. En dado caso, el Organizador tendrá la potestad de obtener a costa del Participante la reparación de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de dicha reclamación.
  4. El Participante debe estar en pleno uso de sus facultades físicas y mentales y deberá respetar toda la normatividad vigente. Los Participantes ganadores NO son, ni serán representantes, agentes, voceros o similar del Organizador.
  5. Si se llegara a demostrar que el ganador resultó favorecido con la promoción por medio de engaño, manipulaciones, hackeos o similar, sea doloso o culposo, REPCO se reserva el derecho de tomar las acciones legales correspondientes.

DÉCIMA PRIMERA – PÉRDIDA DEL PREMIO.

11.1 Los Participantes perderán el premio y su derecho a reclamarlo cuando: 

  1. No se pueda contactar al Participante ganador en la forma y tiempos establecidos en los presentes términos y condiciones.
  2. Por cualquier circunstancia en que el Participante ganador no puedan recibir el Premio.
  3. Por cualquier circunstancia en que el Participante – Ganador no pueda disfrutar el Premio en las condiciones establecidas por el ORGANIZADOR.
  4. No acepten el Premio
  5. Renuncien, por cualquier medio a recibir el Premio 
  6. Incumpla total o parcialmente cualquiera de los Términos y Condiciones aquí descritos. 
  7. Se descalifique a la persona por cualquiera de los motivos señalados en los presentes términos y condiciones.

11.2 Para efectos de lo anterior, se deja expresa constancia que, en el caso de renuncia al Premio por parte del ganador, se entenderá realizada sin que deba mediar ningún tipo de formalidad adicional a la manifestación, escrita y/o verbal que el Participante-ganador del premio haga sobre la misma. 

DÉCIMA SEGUNDA. – EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD 

12.1. El ORGANIZADOR (ni sus accionistas, sociedades controlantes, controladas y vinculadas, aliados comerciales y representantes) no serán responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que puedan sufrir los Participantes – ganadores o terceros, sobre sus personas y/o bienes, con motivo de o con relación a su participación en la Actividad o el disfrute del Premio.

 12.2 El ORGANIZADOR tampoco asume ningún tipo de responsabilidad frente a la posible causación de daños a personas o cosas, que pudieran llegar a generar los concursantes y/o ganadores, antes, durante o después de la Actividad, o con ocasión del uso o disfrute de los Premios.

12.3. El ORGANIZADOR tampoco será responsable por los daños derivados de eventuales errores humanos, acciones deliberadas de terceros o hechos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Actividad, la redención y/o el disfrute de los premios.

12.4. El Participante ganador asume la totalidad de la responsabilidad por los daños y perjuicios que eventualmente pueda sufrir en el proceso de reclamación del Premio y uso o disfrute del mismo y, por tanto, libera de responsabilidad Al ORGANIZADOR por todo concepto.

12.5. En consecuencia, los Participantes renuncian a toda pretensión, reclamación, requerimiento o acción relacionada con el resarcimiento de daños y perjuicios que, en contra del ORGANIZADOR, sus accionistas, sociedades controlantes, controladas y vinculadas, aliados comerciales, clientes y/o representantes, pueda impetrar, cualquiera que sea la jurisdicción, acción o procedimiento utilizado.

12.6. Los Participantes deberán abstenerse de realizar cualquier tipo de comentario en las redes sociales que atente contra la moral y las buenas costumbres, que denigre a terceros o al ORGANIZADOR y sus marcas. El ORGANIZADOR no asume ninguna responsabilidad frente a eventuales comentarios de terceros.

12.7. El ORGANIZADOR no se hace responsable frente a las opiniones o comentarios que los participantes puedan emitir o realizar a través de las redes sociales Facebook, Instagram, Twitter o cualquier otra, por tratarse de redes abiertas.

12.8. El ORGANIZADOR no será responsable de que al momento de la visita de los clientes se evidencie que no cumple con las condiciones para participar en la actividad.

DÉCIMA TERCERA. – USO DE DATOS PERSONALES E IMAGEN DE LOS PARTICIPANTES Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: 

13. Cada Participante, quien para efectos de esta cláusula se denominará EL TITULAR, autoriza a REPRESENTACIONES CONTINENTAL S.A.S., sociedad comercial domiciliada en la Calle 13#65-72 en Bogotá D.C. e identificada con NIT 860.054.249 – 9, disponible en el Tel 4252121 y en el correo habeas.data@repco.com.co (en adelante REPCO), para tratar su información de carácter personal, la cual le ha sido solicitada o ha sido dada a conocer en el momento de su vinculación o a lo largo de esta con REPCO, para las siguientes finalidades:

  1. Enviar comunicaciones por correo físico, electrónico, dispositivo móvil, o cualquier otro medio análogo y/o digital con información cultural, comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y/o servicios, eventos, promociones y/o campañas adelantadas por REPCO.
  2. Enviar comunicaciones por correo físico, electrónico, dispositivo móvil, o a través de cualquier otro medio análogo y/o digital con información relacionada con la relación contractual existente entre REPCO y el cliente, incluyendo posibles cobros de obligaciones pendientes.
  3. Transferir los datos personales de los clientes siempre que sea necesario para el desarrollo de actividades propias del objeto social de REPCO, en casos de solicitud de autoridades y para que las demás empresas vinculadas al Grupo Empresarial de REPCO, cuyo listado está disponible aquí: https://bit.ly/34gawut puedan ofrecerle sus productos y servicios.
  4. Transmitir los datos, siempre que sea necesario para el desarrollo de actividades propias del objeto social de REPCO, en casos de solicitud de autoridades y para que las demás empresas vinculadas a la organización empresarial de REPCO, cuyo listado está disponible aquí: https://bit.ly/34gawut puedan ofrecerle sus productos y servicios.
  5. Compartir su información de contacto, preferencias, y gustos con aliados comerciales y/o con las demás empresas que pertenecen al grupo empresarial del que REPCO hace parte, para poder estructurar productos y servicios más adecuados a sus necesidades.
  6. Contratar el almacenamiento de la información personal con proveedores de servicios de nube, que alojen la información en servidores ubicados en el exterior.
  7. Enviar invitaciones a eventos.
  8. Realizar encuestas.
  9. Realizar pauta en relación con las preferencias y gustos del cliente o consumidor.
  10. Utilizar los datos con el propósito de adelantar investigaciones de mercado que permitan impactar a un mayor número de clientes, así como diseñar nuevos productos e identificar las tendencias del mercado.
  11. Realizar seguimiento de actividades promocionales.
  12. Gestionar, acreditar y verificar la entrega de premios o elementos publicitarios.
  13. Brindar información sobre las tendencias de consumo a los clientes corporativos de REPCO.
  14. Atender solicitudes, quejas, peticiones y reclamos.
  15. Permitir el ejercicio de los derechos de los consumidores y de los Titulares de los Datos Personales.
  16. Realizar el registro de videovigilancia o planilla de asistencia a REPCO cuando el cliente o usuario deba visitar las instalaciones de la compañía.
  17. Por medio de este formato también se informa a los titulares de los datos que, en virtud del artículo 10, numeral 1 de la Ley 1581 de 2012, REPCO tiene un deber legal de suministrar sus datos frente a requerimientos de:
  18. Entidades del Orden Judicial (ej. Policía, Fiscalía y Jueces) en caso de requerimientos judiciales dentro del ejercicio de sus competencias legales.
  19. Entidades Administrativas: Contraloría General de la República de Colombia, Procuraduría General de la Nación, Presidencia de la República, Defensoría del Pueblo, Superintendencias, DIAN y Auditoría General de la República, entre otros, en desarrollo de sus funciones.

Asimismo, REPCO informa a los Titulares que sus datos personales podrán ser utilizados para el cumplimiento de deberes legales de REPCO como: i) adelantar trámites y cumplir con obligaciones y reportes de ley ante autoridades públicas o personas privadas respecto de los cuales la información resulte pertinente; ii) soportar procesos de auditoría interna o externa y verificar el cumplimiento de sus políticas internas; iii) consultar la información en bases de datos públicas, incluyendo entre otras, listas restrictivas o sancionatorias; iv) realizar reportes a centrales de riesgo cuando haya lugar a ello; y, v) construir y presentar reportes de información tributaria y contable, o adelantar procesos de facturación, entre otros.

EL TITULAR es consciente que entre los datos a ser tratados puede existir información sensible, entre la que se puede encontrar: la imagen, o cualquier otro rasgo físico que pueda quedar registrado en grabaciones de audio, fotografías y videos, entre otros datos de tipo sensible, cuyo suministro es facultativo. Sin embargo, también entiende que esa información solamente será solicitada cuando resulte indispensable para el desarrollo de las finalidades propias de la relación establecida con REPCO, o para el cumplimiento del ordenamiento jurídico, y por ello desde ahora autoriza de manera explícita su Tratamiento.

El Titular declara que ha sido informado que, como Titular de los Datos, cuenta con los siguientes derechos: acceso, actualización, rectificación, supresión y/o revocatoria. La revocatoria de la autorización es posible salvo disposición legal o contractual que impida dicha solicitud. Para ello, REPCO ha establecido los siguientes canales de atención: (i) correo electrónico: habeas.data@repco.com.co; y, (ii) Dirección Física: Calle 13#65-72, Bogotá D.C. Finalmente, el TITULAR declara conocer que la Política de Tratamiento de Datos Personales de REPCO se encuentra disponible en el siguiente link: https://repco.com.co/Representaciones_Continental/politica/index.html

DECIMA CUARTA. – MODIFICACIONES E INTERPRETACIÓN.

14.1 El ORGANIZADOR determinará el criterio a aplicar en cualquier situación no prevista en el presente reglamento, siendo la única autoridad interpretativa de las mismas, reservándose el derecho a efectuar cualquier tipo de adición y/o modificación respecto de aquellas situaciones, siempre y cuando no se altere la esencia de la Actividad y de acuerdo con la normatividad aplicable.

14.2 Cuando circunstancias imprevistas que constituyan caso fortuito, fuerza mayor, pandemias, errores de parte de un tercero o similar que lo justifiquen, El ORGANIZADOR podrá de forma autónoma y unilateral suspender, cancelar o modificar, total o parcialmente la presente Actividad, sin necesidad de informar previamente a los Participantes de tal circunstancia. Así mismo, podrán variar la naturaleza o condiciones del premio de manera unilateral, cuando sobrevengan circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible su entrega. En ningún caso el ejercicio de tales derechos por parte del ORGANIZADOR facultará a los Participantes para reclamar compensación, retribución o indemnización alguna.

14.3 A la Actividad le serán aplicables y se respetarán todas las leyes y normas aplicables a las actividades promocionales y los lineamientos y reglamentaciones fijados por las autoridades locales competentes. Por el hecho de participar, los Participantes reconocen estar sujetos a las Reglas de la presente Actividad y a las decisiones del ORGANIZADOR que serán inapelables y vinculantes en todo sentido.

DECIMA QUINTA. JURISDICCIÓN

Toda relación que en virtud de la Actividad se genere entre los Participantes y REPCO será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República de Colombia.

DECIMA SEXTA. INFORMACIÓN ADICIONAL.

  1. El Organizador no asumirá ninguna responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones, cuando tal incumplimiento total o parcial se produzca por causas o circunstancias constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas de conformidad con la Ley.   
  2. El Premio es personal e intransferible, y será entregado bajo las condiciones descritas en los presentes Términos y Condiciones.  
  3. El Concurso no es acumulable con otras promociones del Organizador. 
  4. Si alguna disposición de estos Términos y Condiciones se considerara ilegal, nula o por cualquier razón inaplicable, dicha disposición se considerará divisible de estos Términos y Condiciones y no afectará la validez y aplicabilidad de las disposiciones restantes.  
  5. En caso de duda acerca del contenido o interpretación de estos Términos y Condiciones o en caso de dificultades en la participación de la Actividad, deberá comunicarse con el ORGANIZADOR a su línea de atención al cliente a nivel nacional +57 (1) 4252111. Dependiendo de la complejidad de la inquietud presentada, le podrán dar solución inmediata o remitir su duda al área encargada. En el segundo caso un representante autorizado del ORGANIZADOR se comunicará con el Participante para resolver sus inquietudes.
  6. El Participante podrá también escribir al correo electrónico servicio.cliente@repco.com.co en donde deberá incluir sus datos personales y de contacto requeridos para la tramitación y solución de la consulta, junto con su duda o inquietud, sobre la cual recibirá un correo de respuesta. El tiempo de respuesta por parte del ORGANIZADOR será de quince (15) días hábiles. Si el Participante no ha recibido respuesta en el lapso lo invitamos a que se comunique nuevamente con el ORGANIZADOR con el fin de darle una explicación y respuesta a su inquietud.

DÉCIMO SÉPTIMO. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Los presentes Términos y Condiciones se regirán por las leyes de Colombia. Toda controversia surgida en razón de la Actividad o de los presentes Términos y Condiciones intentará ser resuelta por arreglo directo de las partes y/o a través de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos. Si lo anterior no fuere posible la controversia se someterá la justicia ordinaria.