TÉRMINOS Y CONDICIONES
Los términos y condiciones descritos a continuación delimitan y aclaran las condiciones bajo las cuales se regirá la actividad “DESTAPA, PEDALEA Y GANA”, en virtud de la cual las personas que realicen compras iguales o superiores a $250.000 Incluido Impuestos, de las marcas participantes de la Empresa de Licores de Cundinamarca en los puntos de venta participantes, para determinar el participante que haya acumulado el mayor número de boletas válidas, la cual se realizará a favor del cliente o persona que acumule la mayor cantidad de boletas en cada punto de venta participante, podrá ganar uno de los 6 bicicletas todo terreno, el cliente o persona que acumule más boletas en cada punto de venta participante será el ganador de uno de los premios mencionados anteriormente en cada punto de venta del participante. Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para todos los participantes. Se entenderá que todo participante, conoce y acepta en su totalidad lo establecido en los presentes términos y condiciones e implica su decisión de obligarse por lo establecido en los mismos y por las decisiones que tome la Representaciones Continental S.A.S., las cuales tendrán carácter de definitivas en todo lo relacionado con la actividad. Cualquier vulneración a los procedimientos o a los sistemas establecidos en los presentes términos, condiciones y restricciones, implicará la inmediata anulación o suspensión de la entrega de los premios, los cuales, se otorgarán únicamente si los ganadores cumplen estrictamente con los términos, condiciones y restricciones previstos en este reglamento. No se permitirá sustitución del premio por dinero, ni por otro premio, ya sea en su totalidad o de manera parcial.
- OBJETO
Incrementar las ventas de aguardiente néctar en todas sus presentaciones.
- ORGANIZADOR:
REPRESENTACIONES CONTINENTAL S.A.S
NIT. 860.054.249-9,
Dir. Calle 13 # 65 – 72 – Bogotá.
En adelante “EL ORGANIZADOR o REPCO”
- NOMBRE DE LA ACTIVIDAD:
La actividad que desarrollará el ORGANIZADORse denomina: DESTAPA, PEDALEA Y GANA (en adelante la “Actividad”).
- TERRITORIO:
La actividad se llevará a cabo con personas que realicen compras iguales o superiores a DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), incluido Impuestos que depositen su boleta en el buzón y acumule la mayor cantidad de estas, se realizará en los siguientes establecimientos comerciales:
(en adelante, los “Puntos de Venta Participantes”).
| CLIENTES | DIRECCIÓN | CIUDAD |
| UNIVERSAL DE LA SABANA | CR 18 12 40 | BOGOTÁ |
| DISTRI18 LICORES SAS | CL 13 17 51 | BOGOTÁ |
| MEGAMAR 1 | CR 18 12 73 LC 24 – 25 | BOGOTÁ |
| SUGAR DISTRIBUCIONES S.A.S | CL 12 18 56 LC 2 | BOGOTÁ |
| MEGAMARCAS | CR 80 2 51 BG 45 D LC 9 – 10 | BOGOTÁ |
| DISTRIBUCIONES SHAMACA S.A.S | CR 18 12 93 | BOGOTÁ |
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y EXCLUYENTES:
5.1. Los requisitos (conjuntamente denominados los “Requisitos”) que deberá cumplir todo participante en la Actividad son los siguientes:
- Ser persona natural mayor de edad que residan en Colombia (con documentación válida y vigente
- Estar inscritos en el la base de datos de los clientes[1]. Esta inscripción se hará presencialmente al momento de la compra en cada establecimiento. La información de los clientes hará parte de la base de datos maestra de clientes de REPCO.
- El participante debe tener todos sus datos actualizados.
- Cumplir con la mecánica de la Actividad descrita en el numeral sexto.
- Participar de conformidad con la mecánica de la actividad.
5.2. Los Participantes declaran conocer y aceptar que la participación en la actividad y la entrega de los Premios se encuentra sujeta al canal cumplimiento de todos los requisitos descritos en el presente documento. Por tanto, los participantes se comprometen a cumplir dichos requisitos sin condicionamiento alguno y entienden que de no hacerlo no podrán participar, ni recibir los Premios.
5.3. Quedan expresamente excluidos e inhabilitados de participar en esta actividad las siguientes personas:
- Las personas menores de edad.
- Los trabajadores o colaboradores de EL ORGANIZADOR y la EMPRESA DE LICORES DE CUNDINAMARCA.
- Los colaboradores de los Puntos de Venta Participantes.
- Las personas jurídicas.
- VIGENCIA DE LA ACTIVIDAD:
La participación en la actividad estará vigente a partir de las 00:00 horas del 24 de febrero de 2026 hasta las 23:59 horas del 10 de abril de 2026. Durante todo el término de la Actividad, el Participante deberá cumplir con los Requisitos establecidos en el numeral quinto y demás establecidos en el presente documento.
SEPTIMO. MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD Y PRODUCTOS PARTICIPANTES.
[1] Consultar política y autorización para el tratamiento de datos personales.
7.1. PRODUCTOS PARTICIPANTES
Todas las referencias que estén activas en los Puntos de Venta de las marcas AGUARDIENTE NECTAR Y RON SANTAFE (en adelante, las “Marcas”).
- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Aspectos generales
Cada persona que desee participar en la actividad deberá dentro de la vigencia:
- Realizar compras de las marcas en los puntos de Venta por un valor igual o superior a dos cientos cincuenta mil ($250.000) Incluido Impuestos, el cliente recibirá un ticket o boleta que incluirá la siguiente información del participante: (i) Nombre, (ii) cédula, (iii) celular (iv) número de factura, y (v) monto de la compra, este ticket lo debe depositar en el buzón que se ubicará en cada punto de venta.
- Depositar su ticket o boleta en el buzón puesto en el punto de venta. Al momento de depositar el ticket en el buzón, la persona automáticamente pasa a ser participante de la actividad.
- La verificación del participante que haya acumulado el mayor número de boletas se realizará el 11 de abril de 2026, en cada punto de venta.
- Se hará la distribución en cada punto de venta de los siguientes premios:
- 6 bicicletas todo terreno
| CLIENTES | DIRECCIÓN | CIUDAD | PREMIO | CANTIDAD |
| UNIVERSAL DE LA SABANA | CR 18 12 40 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| DISTRI18 LICORES SAS | CL 13 17 51 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| MEGAMAR 1 | CR 18 12 73 LC 24 – 25 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| SUGAR DISTRIBUCIONES S.A.S | CL 12 18 56 LC 2 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| MEGAMARCAS | CR 80 2 51 BG 45 D LC 9 – 10 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| DISTRIBUCIONES SHAMACA S.A.S | CR 18 12 93 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
Notas:
- Habrá 6 premios a cada ganador se le entregará 1 premio de acuerdo con el conteo de las boletas y el cliente o persona que acumule la mayor cantidad de boletas será el ganador del premio asignado a cada punto de venta el 11 de abril de 2026, en cada punto de venta saldrá 1 ganador en total serán 6 ganadores.
- Se recogerá cada buzón y en el mismo punto de venta junto con el administrador de este, ubicado en el punto de venta y se realizará el conteo y verificación de boletas el día 11 de abril.
- La premiación se hará contando la cantidad de tickets o boletas que fueron depositados en el buzón y el cliente o persona que más acumule boletas o tickets será el ganador. EL ORGANIZADOR se comunicará dentro de los tiempos establecidos en el numeral 8.1 para informarles sobre el premio recibido.
- Previo a la entrega del premio el ganador deberá autorizar el tratamiento de sus datos personales a EL ORGANIZADOR.
- En caso de empate en el número de boletas válidas acumuladas, se declarará ganador al participante que registre el mayor valor total acumulado en compras de Aguardiente Néctar y Ron SantaFe durante la vigencia de la actividad, conforme a las facturas asociadas a las boletas debidamente diligenciadas. Para que una boleta sea válida, deberá contener de manera legible el número de la factura correspondiente. Las boletas que no incluyan el número de factura o presenten inconsistencias no serán tenidas en cuenta para efectos del desempate.
7.3 RESPONSABILIDAD DE LOS PARTICIPANTES. Es responsabilidad exclusiva de cada uno de los participantes cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos para participar en la actividad.
OCTAVO. – PREMIOS.
8.1 A continuación, se procede a detallar los premios disponibles para la actividad, según lo establecido en la mecánica definida en el punto anterior.
| CLIENTES | DIRECCIÓN | CIUDAD | PREMIO | CANTIDAD |
| UNIVERSAL DE LA SABANA | CR 18 12 40 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| DISTRI18 LICORES SAS | CL 13 17 51 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| MEGAMAR 1 | CR 18 12 73 LC 24 – 25 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| SUGAR DISTRIBUCIONES S.A.S | CL 12 18 56 LC 2 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| MEGAMARCAS | CR 80 2 51 BG 45 D LC 9 – 10 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
| DISTRIBUCIONES SHAMACA S.A.S | CR 18 12 93 | BOGOTÁ | BICICLETA TODO TERRENO | 1 |
Cada punto de venta participante tendrá previamente asignado un (1) premio específico, el cual será informado de manera visible a los participantes en el establecimiento.
8.2. CONSIDERACIONES FRENTE A LOS PREMIOS. Los premios no podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición de los ganadores. En ningún caso el premio será canjeable por su importe económico en efectivo. No es acumulable con otras promociones ni descuentos.
EL ORGANIZADOR no será responsable por la disposición que los ganadores hagan de los premios.
Si un ganador se niega a aceptar su premio, se considerará que ha renunciado al mismo, sin que le asista derecho a presentar reclamo por indemnización contra el Organizador. De igual forma se procederá si una vez aceptado el premio, el ganador se niega a recibirlo o a culminar con el trámite correspondiente, caso en el cual el nuevo ganador será seleccionado de los tickets suplentes.
La participación en la actividad hará presumir que el participante conoce de la existencia de las restricciones, condiciones y limitaciones de la actividad para todos los efectos jurídicos consecuentes; incluyendo la documentación necesaria para poder disfrutar del mismo.
El valor de la ganancia ocasional, en caso de que se genere, deberá ser asumido por el Ganador.
NOVENO. – COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO:
9.1. Los ganadores de la actividad serán contactados por EL ORGANIZADOR dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en la que el Participante hubiere resultado ser ganador del respectivo premio. El contacto de los Participantes ganadores se efectuará a través del teléfono de contacto suministrado por el participante en la base de datos dé cliente. Es deber de los participantes estar atentos a cualquier notificación sobre su condición de ganador. Se realizarán máximo cinco (5) intentos de llamada para poder contactar al Participante que se hubiera hecho ganador. De no ser posible contactar al Participante en esos cinco (5) intentos, o en caso de que la persona no acepte el premio en las condiciones para recibirlo, se entenderá descalificado, por lo que se procederá a verificar el participante que siga en orden descendente en número de boletas válidas acumuladas.
La entrega de los premios se realizará en la fecha y hora que el Organizador le indique al ganador, la cual deberá ser hasta máximo el 30 de abril de 2026. Para recibir el premio, el Ganador deberá presentarse con su documento de identidad, en el punto de venta donde fue el ganador. los gastos de desplazamiento correrán por cuenta del ganador. El premio será entregado exclusivamente al Ganador, por lo que no se admitirá designar a un apoderado para reclamar el premio.
A sí mismo, de la entrega de cada premio se realizará un acta de entrega del premio con firma del ganador y su conformidad al recibir el premio.
DECIMA. – CONDICIONES Y RESTRICCIONES:
10.1 Los Participantes deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:
- Para participar en la actividad se deberán realizar compras de la Marca Aguardientes Nectar y Ron Santafe.
- Los Premios en ningún caso serán canjeables por ningún otro premio, total ni parcialmente, ni por su equivalente en dinero.
- Los premios son personales e intransferibles, por lo tanto, el Participante ganador que por cualquier circunstancia no pueda o renuncie a recibir algún premio, perderá el derecho a reclamarlo.
- EL ORGANIZADORno se hace responsable en ningún caso por el uso que los Participantes puedan darle a los Premios. Por lo anterior, EL ORGANIZADORno será responsable por ninguna enfermedad, lesión, incapacidad o cualquier otro tipo de afectación surgida con ocasión del uso de los premios.
- Los Participantes ganadores certifican que cumplirán todas y cada una de las disposiciones establecidas en estos Términos y condiciones. Por lo tanto, el ORGANIZADORno será responsable por los efectos y consecuencias de cualquier violación o inobservancia a este reglamento por parte de los ganadores, y serán de la exclusiva responsabilidad de los Participantes ganadores que incurran en dicha violación.
- La información incompleta, falsa o fraudulenta por parte de los ganadores al ORGANIZADOR los descalificará automáticamente. Esta descalificación no tendrá que ser notificada. Cualquier infracción a estas reglas dará lugar a la descalificación inmediata. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales a que tenga derecho el ORGANIZADORpara la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
- El ORGANIZADORsuspenderá de forma inmediata al Participante, sin asumir responsabilidad alguna frente a él, si se llegaren a detectar adulteraciones de su parte en la participación o en el concurso, o incluso, con la simple sospecha de fraudes; manipulación manual, automatizada o robótica; o cualquier irregularidad.
- Cualquier uso de métodos de participación robóticos, automáticos, programados o similares anularán todas las participaciones por dichos métodos. El ORGANIZADORse reserva el derecho de prohibir la participación de un individuo si se sospecha de fraude o manipulación, o si el individuo no cumple con cualquiera de los Requisitos de participación según lo establecido en el presente documento.
- Si hay necesidad de incurrir en traslado para reclamar el premio, ese traslado lo asumirá el ganador.
- El ORGANIZADOR se reserva el derecho a variar de forma unilateral el premio en caso de que sobrevengan circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor
- El ganador presta su consentimiento, libre, expreso e informado para que su información personal sea utilizada para comunicar a través de redes sociales que es el ganador de la presente campaña.
- Se aclara que el Premio es personal e intransferible.
- El Participante reconoce y acepta que la información proporcionada y registrada en el sistema de información de REPCO es veraz y fidedigna, haciéndose completamente responsable por su falsedad.
DÉCIMA PRIMERA. – DESCALIFICACIÓN DE LOS PARTICIPANTES
Será descalificado el Participante que:
- No responda en ninguno de los cinco (5) intentos que el Organizador realizará para contactarlo e informarle que fue ganador de uno de los premios.
- Haya realizado, a juicio del Organizador, cualquier tipo de maniobra engañosa o fraudulenta para incrementar sus posibilidades reales de ser ganador.
- Haya suministrado al Organizador cualquier tipo de datos que no sean verídicos o que sean incorrectos.
- Perjudique a un tercero por haber suministrado información falsa y/o perpetrado acciones fraudulentas a juicio del Organizador. En dado caso, el Organizador tendrá la potestad de obtener a costa del Participante la reparación de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de dicha reclamación.
- El Participante debe estar en pleno uso de sus facultades físicas y mentales y deberá respetar toda la normatividad vigente. Los Participantes ganadores NO son, ni serán representantes, agentes, voceros o similar del Organizador.
- Si se llegara a demostrar que el ganador resultó favorecido con la promoción por medio de engaño, manipulaciones, hackeos o similar, sea doloso o culposo, REPCO se reserva el derecho de tomar las acciones legales correspondientes.
DECIMA SEGUNDA – EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
12.1. El ORGANIZADOR (ni sus accionistas, sociedades controlantes, controladas y vinculadas, aliados comerciales y representantes) no serán responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que puedan sufrir los Participantes – ganadores o terceros, sobre sus personas y/o bienes, con motivo de o con relación a su participación en la Actividad o el disfrute del Premio.
12.2 El ORGANIZADOR tampoco asume ningún tipo de responsabilidad frente a la posible causación de daños a personas o cosas, que pudieran llegar a generar los concursantes y/o ganadores, antes, durante o después de la Actividad, o con ocasión del uso o disfrute de los Premios.
12.3. El ORGANIZADOR tampoco será responsable por los daños derivados de eventuales errores humanos, acciones deliberadas de terceros o hechos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Actividad, la redención y/o el disfrute de los premios.
12.4. El Participante ganador asume la totalidad de la responsabilidad por los daños y perjuicios que eventualmente pueda sufrir en el proceso de reclamación del Premio y uso o disfrute del mismo y, por tanto, libera de responsabilidad Al ORGANIZADOR por todo concepto.
12.5. En consecuencia, los Participantes renuncian a toda pretensión, reclamación, requerimiento o acción relacionada con el resarcimiento de daños y perjuicios que, en contra del ORGANIZADOR, sus accionistas, sociedades controlantes, controladas y vinculadas, aliados comerciales, clientes y/o representantes, pueda impetrar, cualquiera que sea la jurisdicción, acción o procedimiento utilizado.
12.6. Los Participantes deberán abstenerse de realizar cualquier tipo de comentario en las redes sociales que atente contra la moral y las buenas costumbres, que denigre a terceros o al ORGANIZADOR y sus marcas. El ORGANIZADOR no asume ninguna responsabilidad frente a eventuales comentarios de terceros.
12.7. El ORGANIZADOR no se hace responsable frente a las opiniones o comentarios que los participantes puedan emitir o realizar a través de las redes sociales Facebook, Instagram, Twitter o cualquier otra, por tratarse de redes abiertas.
12.8. El ORGANIZADOR no será responsable de que al momento de la visita de los clientes se evidencie que no cumple con las condiciones para participar en la actividad.
DÉCIMA TERCERA. – USO DE DATOS PERSONALES E IMAGEN DE LOS PARTICIPANTES Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES:
13.1 Cada Participante, quien para efectos de esta cláusula se denominará EL TITULAR, autoriza a REPRESENTACIONES CONTINENTAL S.A.S., sociedad comercial domiciliada en la Calle 13#65-72 en Bogotá D.C. e identificada con NIT 860.054.249 – 9, disponible en el Teléfono: 601 4252121 y en el correo habeas.data@repco.com.co (en adelante REPCO), para tratar su información de carácter personal, la cual le ha sido solicitada o ha sido dada a conocer en el momento de su vinculación o a lo largo de esta con REPCO, para las siguientes finalidades:
- Enviar comunicaciones por correo físico, electrónico, dispositivo móvil, o cualquier otro medio análogo y/o digital con información cultural, comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y/o servicios, eventos, promociones y/o campañas adelantadas por REPCO.
- Enviar comunicaciones por correo físico, electrónico, dispositivo móvil, o a través de cualquier otro medio análogo y/o digital con información relacionada con la relación contractual existente entre REPCO y el cliente, incluyendo posibles cobros de obligaciones pendientes.
- Transferir los datos personales de los clientes siempre que sea necesario para el desarrollo de actividades propias del objeto social de REPCO, en casos de solicitud de autoridades y para que las demás empresas vinculadas al Grupo Empresarial de REPCO, cuyo listado está disponible aquí: https://bit.ly/34gawut puedan ofrecerle sus productos y servicios.
- Transmitir los datos, siempre que sea necesario para el desarrollo de actividades propias del objeto social de REPCO, en casos de solicitud de autoridades y para que las demás empresas vinculadas a la organización empresarial de REPCO, cuyo listado está disponible aquí: https://bit.ly/34gawut puedan ofrecerle sus productos y servicios.
- Compartir su información de contacto, preferencias, y gustos con aliados comerciales y/o con las demás empresas que pertenecen al grupo empresarial del que REPCO hace parte, para poder estructurar productos y servicios más adecuados a sus necesidades.
- Contratar el almacenamiento de la información personal con proveedores de servicios de nube, que alojen la información en servidores ubicados en el exterior.
- Enviar invitaciones a eventos.
- Realizar encuestas.
- Realizar pauta en relación con las preferencias y gustos del cliente o consumidor.
- Utilizar los datos con el propósito de adelantar investigaciones de mercado que permitan impactar a un mayor número de clientes, así como diseñar nuevos productos e identificar las tendencias del mercado.
- Realizar seguimiento de actividades promocionales.
- Gestionar, acreditar y verificar la entrega de premios o elementos publicitarios.
- Brindar información sobre las tendencias de consumo a los clientes corporativos de REPCO.
- Atender solicitudes, quejas, peticiones y reclamos.
- Permitir el ejercicio de los derechos de los consumidores y de los Titulares de los Datos Personales.
- Realizar el registro de videovigilancia o planilla de asistencia a REPCO cuando el cliente o usuario deba visitar las instalaciones de la compañía.
- Por medio de este formato también se informa a los titulares de los datos que, en virtud del artículo 10, numeral 1 de la Ley 1581 de 2012, REPCO tiene un deber legal de suministrar sus datos frente a requerimientos de:
- Entidades del Orden Judicial (ej. Policía, Fiscalía y Jueces) en caso de requerimientos judiciales dentro del ejercicio de sus competencias legales.
- Entidades Administrativas: Contraloría General de la República de Colombia, Procuraduría General de la Nación, Presidencia de la República, Defensoría del Pueblo, Superintendencias, DIAN y Auditoría General de la República, entre otros, en desarrollo de sus funciones.
Así mismo, REPCO informa a los Titulares que sus datos personales podrán ser utilizados para el cumplimiento de deberes legales de REPCO como: i) adelantar trámites y cumplir con obligaciones y reportes de ley ante autoridades públicas o personas privadas respecto de los cuales la información resulte pertinente; ii) soportar procesos de auditoría interna o externa y verificar el cumplimiento de sus políticas internas; iii) consultar la información en bases de datos públicas, incluyendo entre otras, listas restrictivas o sancionatorias; iv) realizar reportes a centrales de riesgo cuando haya lugar a ello; y, v) construir y presentar reportes de información tributaria y contable, o adelantar procesos de facturación, entre otros.
EL TITULAR es consciente que entre los datos a ser tratados puede existir información sensible, entre la que se puede encontrar: la imagen, o cualquier otro rasgo físico que pueda quedar registrado en grabaciones de audio, fotografías y videos, entre otros datos de tipo sensible, cuyo suministro es facultativo. Sin embargo, también entiende que esa información solamente será solicitada cuando resulte indispensable para el desarrollo de las finalidades propias de la relación establecida con REPCO, o para el cumplimiento del ordenamiento jurídico, y por ello desde ahora autoriza de manera explícita su Tratamiento.
El Titular declara que ha sido informado que, como Titular de los Datos, cuenta con los siguientes derechos: acceso, actualización, rectificación, supresión y/o revocatoria. La revocatoria de la autorización es posible salvo disposición legal o contractual que impida dicha solicitud. Para ello, REPCO ha establecido los siguientes canales de atención: (i) correo electrónico: habeas.data@repco.com.co; y, (ii) Dirección Física: Calle 13 #65-72, Bogotá D.C. Finalmente, el TITULAR declara conocer que la Política de Tratamiento de Datos Personales de REPCO se encuentra disponible en el siguiente link: https://repco.com.co/Representaciones_Continental/politica/index.html
DECIMA CUARTA. – MODIFICACIONES E INTERPRETACIÓN.
14.1 El ORGANIZADOR determinar, el criterio a aplicar en cualquier situación no prevista en el presente reglamento, siendo la única autoridad interpretativa de las mismas, reservándose el derecho a efectuar cualquier tipo de adición y/o modificación respecto de aquellas situaciones, siempre y cuando no se altere la esencia de la Actividad y de acuerdo con la normatividad aplicable.
14.2 Cuando circunstancias imprevistas que constituyan caso fortuito, fuerza mayor, pandemias, errores de parte de un tercero o similar que lo justifiquen, El ORGANIZADOR podrá, determinará, de forma autónoma y unilateral suspender, cancelar o modificar, total o parcialmente la presente Actividad, sin necesidad de informar previamente a los Participantes de tal circunstancia. Así mismo, podrán variar la naturaleza o condiciones del premio de manera unilateral, cuando sobrevengan circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible su entrega. En ningún caso el ejercicio de tales derechos por parte del ORGANIZADOR facultará a los Participantes para reclamar compensación, retribución o indemnización alguna.
14.3 A la Actividad le serán aplicables y se respetarán todas las leyes y normas aplicables a las actividades promocionales y los lineamientos y reglamentaciones fijados por las autoridades locales competentes. Por el hecho de participar, los Participantes reconocen estar sujetos a las Reglas de la presente Actividad y a las decisiones del ORGANIZADOR que serán inapelables y vinculantes en todo sentido.
DECIMA QUINTA. JURISDICCIÓN
Toda relación que en virtud de la Actividad se genere entre los Participantes y REPCO será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República de Colombia.
DÉCIMA SEXTA. DATOS CON FINES DE MERCADEO/PUBLICIDAD Y CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES.
Al participar en la actividad objeto de los presentes términos y condiciones, el participante autoriza a REPCO a usar su imagen personal y voz con fines de mercadeo y publicidad. Es así que podrán ser usadas, entre otros, pero sin limitarse a: 1. Publicación en redes sociales y sitios web propias y/o de las marcas que represente, comercialice y/o promueva REPCO. 2. Inclusión en campañas publicitarias propias y/o de las marcas que represente, comercialice y/o promueva REPCO. 3. Inclusión en fotografías, procedimientos análogos a la fotografía y producciones audiovisuales en formato o soporte material en ediciones impresas, medios electrónicos, ópticos, magnéticos, en redes (Intranet e Internet incluidas las páginas web y redes sociales), mensajes de datos o similares y en general, para ser incluido en cualquier medio o soporte conocido o por conocer en el futuro, con fines publicitarios y de marketing.
Igualmente, el participante cede a REPCO los derechos económicos derivados del uso de su imagen personal sobre las fotografías, videos y/o imágenes que haya tomado/captado REPCO en el desarrollo de la actividad que dio lugar a la presente autorización. En el mismo sentido el participante renuncia exigir retribución económica alguna en virtud del uso de su imagen personal con fines de mercadeo y publicidad. Esta autorización se extiende a los derechos de autor, los derechos conexos y en general, a todos aquellos derechos de propiedad intelectual que nazcan a la vida jurídica a partir de la utilización y/o explotación económica del derecho de imagen y datos personales, salvo por los derechos morales, los cuales seguirán radicados en cabeza del titular.
DECIMA SEPTIMA. INFORMACIÓN ADICIONAL.
- El Organizador no asumirá ninguna responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones, cuando tal incumplimiento total o parcial se produzca por causas o circunstancias constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito, calificadas de conformidad con la Ley.
- El Premio es personal e intransferible, y será entregado bajo las condiciones descritas en los presentes Términos y Condiciones.
- El Concurso no es acumulable con otras promociones del Organizador.
- Si alguna disposición de estos Términos y Condiciones se considerara ilegal, nula o por cualquier razón inaplicable, dicha disposición se considerará divisible de estos Términos y Condiciones y no afectará la validez y aplicabilidad de las disposiciones restantes.
- En caso de duda acerca del contenido o interpretación de estos Términos y Condiciones o en caso de dificultades en la participación de la Actividad, deberá comunicarse con el ORGANIZADOR a su línea de atención al cliente a nivel nacional +57 (1) 4252111. Dependiendo de la complejidad de la inquietud presentada, le podrán dar solución inmediata o remitir su duda al área encargada. En el segundo caso un representante autorizado del ORGANIZADOR se comunicará con el Participante para resolver sus inquietudes.
- El Participante podrá también escribir al correo electrónico servicio.cliente@repco.com.co en donde deberá incluir sus datos personales y de contacto requeridos para la tramitación y solución de la consulta, junto con su duda o inquietud, sobre la cual recibirá un correo de respuesta. El tiempo de respuesta por parte del ORGANIZADOR será de quince (15) días hábiles. Si el Participante no ha recibido respuesta en el lapso lo invitamos a que se comunique nuevamente con el ORGANIZADOR con el fin de darle una explicación y respuesta a su inquietud.
DÉCIMO OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Los presentes Términos y Condiciones se regirán por las leyes de Colombia. Toda controversia surgida debido a la Actividad o de los presentes Términos y Condiciones intentará ser resuelta por arreglo directo de las partes y/o a través de la conciliación como mecanismo alternativo de solución de conflictos. Si lo anterior no fuere posible la controversia se someterá la justicia ordinaria.
DÉCIMO NOVENA. TEXTO PARA PAUTAS PUBLICITARIAS
Todos los medios mediate los cuales se publicite la presente dinámica deberán llevar el siguiente texto:
Actividad válida únicamente para personas mayores de edad que residan en Colombia y cuenten con documento de identidad válido y vigente. Vigencia del 24 de febrero al 10 de abril de 2026.
Durante este periodo, por cada compra igual o superior a DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($250.000 COP), incluidos los impuestos, en productos de las marcas Aguardiente Néctar y Ron SantaFe en los puntos de venta participantes, el cliente recibirá una (1) boleta, la cual deberá diligenciar y depositar en el buzón dispuesto para tal fin en el respectivo establecimiento.
Será ganador el participante que acumule el mayor número de boletas válidas en cada punto de venta.
El conteo y verificación de las boletas se realizará el 11 de abril de 2026 en cada punto de venta participante.
El premio consiste en un (1) bicicleta todoterreno, para el participante que haya acumulado el mayor número de boletas válidas.
Términos y condiciones completos disponibles en el sitio web de Representaciones Continental S.A.S. https://repco.com.co/ y mediante el código QR incluido en las piezas publicitarias de la actividad.